La extinción del usufructo vitalicio por fallecimiento como hecho imponible

Cuando fallece el usufructuario el nudo propietario tiene que declarar la consolidación del dominio que se produce por extinción del usufructo vitalicio. La consolidación del dominio es un hecho imponible que tributa y habrá que liquidar el impuesto correspondiente en el plazo legal estipulado. El pago de dicho impuesto será preceptivo para poder inscribir la consolidación del...

Volver arriba